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Deducciones fiscales que no estás aprovechando como autónomo en 2025

Como asesor laboral, fiscal y contable, una de las preguntas más frecuentes que recibo de mis clientes autónomos es: “¿Cómo puedo pagar menos impuestos sin salirme de la legalidad?” La respuesta no está en buscar atajos peligrosos, sino en conocer y aplicar correctamente las deducciones fiscales que la ley permite y que, en muchos casos, no se están aprovechando del todo.

En este artículo te explico las principales deducciones fiscales que puedes aplicar en 2025 como trabajador autónomo en España, así como consejos prácticos para que puedas reducir tu factura fiscal de forma totalmente legal.

Gastos de suministros del hogar (si trabajas desde casa)

Si desarrollas tu actividad desde casa (algo cada vez más común), puedes deducir un porcentaje de los gastos de luz, agua, gas, internet y teléfono. Desde 2018, la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo permite deducir el 30% de los gastos proporcionales a la parte de la vivienda afecta a la actividad.

Consejo práctico: Asegúrate de haber comunicado el porcentaje de afectación al domicilio a Hacienda a través del modelo 036 o 037. Sin esto, no podrás justificar la deducción.

Gastos de manutención en restaurantes

Desde 2018, los autónomos pueden deducirse los gastos de comidas y cenas fuera de casa, siempre que cumplan ciertos requisitos. En 2025, estas condiciones se mantienen:

  • Pagados con medios electrónicos (tarjeta o bizum, nunca en efectivo).

  • Realizados durante el desarrollo de la actividad.

  • Dentro de los límites establecidos: hasta 26,67 € diarios en España y 48,08 € en el extranjero.

Consejo práctico: Guarda siempre el ticket y el justificante bancario del pago. No vale solo la factura.

Vehículo y transporte

Este es uno de los temas más conflictivos. En general, no puedes deducir el vehículo salvo que esté afecto al 100% a la actividad (por ejemplo, mensajeros, repartidores, transportistas…). Sin embargo, hay algunos gastos de transporte que sí son deducibles:

  • Billetes de tren, avión o autobús relacionados con tu actividad.

  • Alquiler de coches o taxis si puedes justificar que se utilizaron por motivos laborales.

Consejo práctico: Si el vehículo no está 100% afecto, ni lo intentes deducir, ya que es uno de los puntos que Hacienda revisa con lupa.

Gastos de formación

Cualquier gasto relacionado con tu formación profesional (cursos, másteres, seminarios, libros, suscripciones a plataformas profesionales, etc.) es totalmente deducible, siempre que esté vinculado con tu actividad económica.

Consejo práctico: Acompaña siempre la factura con algún documento o justificación que pruebe la vinculación del curso con tu actividad.

Cuota de autónomos y seguros

La cuota mensual a la Seguridad Social, así como los seguros vinculados a tu actividad (por ejemplo, responsabilidad civil, seguros médicos si están vinculados a la actividad, etc.) son totalmente deducibles.

Consejo práctico: Si tienes mutuo privado de salud, puedes deducir hasta 500 € anuales por cada miembro de la unidad familiar.

Gastos de asesoría y gestoría

Los honorarios de tu asesor fiscal o gestor son también un gasto deducible. Aunque muchas veces se pasa por alto, es una de las partidas más fácilmente justificables ante Hacienda.

Consejo práctico: Asegúrate de que tu asesoría te emite factura con todos los datos correctamente reflejados.

Material de oficina, informática y suscripciones digitales

Todo el material necesario para el desarrollo de tu actividad (ordenadores, móviles, software, papel, impresoras, etc.) puede ser deducido. En 2025, también se contempla la deducción de licencias y suscripciones digitales necesarias para el trabajo (como Adobe, Microsoft 365, CRM, etc.).

Consejo práctico: Si compras un bien que supera los 300 € + IVA, tendrás que amortizarlo durante varios años. Consulta con tu asesor para aplicar la deducción correctamente.

Publicidad y marketing online

La inversión en publicidad, ya sea tradicional o digital (Google Ads, Facebook Ads, SEO, redes sociales, etc.), es un gasto deducible siempre que esté vinculado con la promoción de tu actividad económica.

Consejo práctico: Guarda siempre los informes de campañas y justificantes de pago para poder acreditar la finalidad del gasto ante Hacienda.

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